Apoyo a la estrategia y acci贸n internacional de las pymes de la CV

Ayudas P煤blico 15/05/2025 0 176
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Plazo solicitudes del 16 de mayo al 20 de junio 2025

Se  ha publicado en el DOGV, RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2025, de la Presidencia, por la que se convocan subvenciones para apoyar la estrategia y acción internacional de las pymes de la Comunitat Valenciana con cargo al presupuesto del ejercicio 2025 y su Extracto.

OBJETIVO

Mejora la gestión de la internacionalización a través de procesos de consultoría especializada, incluido el servicio de apoyo o acompañamiento por parte de personas/entidades expertas en cualquier fase del proceso de internacionalización.

Los proyectos objeto de subvención deberán iniciarse entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.

El proyecto NO podrá haber finalizado antes de la fecha de solicitud de la ayuda.

Solo se admitirá la presentación de una solicitud por empresa solicitante, si bien podrá contener petición de subvención para varias modalidades de consultoría especializada, o del servicio de acompañamiento, en función de sus necesidades.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Pymes con sede social en la Comunitat Valenciana.

Quedan excluidas aquellas que desarrollen actividades financieras y de seguros, y actividades inmobiliarias (secciones K y L de la clasificación CNAE 2009), así como las dedicadas a la producción primaria, transformación y/o comercialización de productos agrícolas y productos de la pesca y acuicultura.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Gastos externos de consultoría estratégica dirigidos a mejorar la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional, así como los costes externos de acompañamiento en estos procesos.

  • Consultoría estratégica para la definición o revisión de la estrategia exportadora de la empresa, consultoría estratégica sobre digitalización de la actividad internacional (incluyendo marketing digital, canales on-line de comercialización en el exterior, inteligencia artificial aplicada a la internacionalización, etc.) y/o consultoría estratégica dirigida al diseño, desarrollo y posicionamiento de la marca en los mercados internacionales

  • Consultoría estratégica sobre compra pública internacional.

  • Consultoría estratégica para la adopción de prácticas que promuevan los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), circunscritas a procesos de internacionalización.

  • Consultoría estratégica o contratación de servicios profesionales necesarios para la constitución de filial o sucursal de la empresa en el exterior (asesoramiento legal, fiscal y/o laboral, RRHH, o inmobiliario, entre otros).

  • Consultoría estratégica sobre cualquier otro aspecto no reflejado en los puntos anteriores, especializado de la internacionalización de las empresas, como aquella asociada a la financiación internacional, logística, etc. que deberán ser justificados por la empresa en la memoria a aportar a IVACE en la fase de solicitud.

  • Servicios de apoyo o acompañamiento externo de carácter periódico o puntual, excluyendo expresamente servicios retribuidos por comisiones por venta por parte de expertos/as en cualquier fase del proceso de internacionalización (export manager externo, community manager para mercados internacionales, servicios de seguimiento de los planes resultantes de las consultorías realizadas con anterioridad, tramitaciones ante autoridades extranjeras, etc.).

Gastos NO subvencionables

  • Servicios de intermediación en mercados exteriores.

  • Servicios para el establecimiento y explotación de redes de distribución en el extranjero.

  • Contratos de agencia, representación o actuaciones similares vinculadas a la actividad comercial de la empresa.

  • En general, quedan excluidos todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por finalidad directa la consecución de los objetivos de la convocatoria.

Previamente a la contratación de un gasto igual o superior a 15.000 euros (IVA excluido), con la misma empresa proveedora, la empresa beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes empresas proveedoras.

AYUDA

Las ayudas, concedidas en forma de subvención, podrán alcanzar hasta el 90 % de los costes subvencionables, sin que en ningún caso sobrepase el importe de 40.000 euros.

Esta ayuda podrá llegar al 100% de los costes subvencionables para las empresas con sede social y establecimiento productivo en alguno de los municipios afectados por la DANA.