Ayudas para facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las EMPRESAS que hayan sufrido daños

Ayudas Público 27/11/2024 1 165
  • |
  • |

Plazo solicitudes desde las 09:00 h del 28 de noviembre al 31 de diciembre de 2024

Se ha publicado en el DOGV, DECRETO 172/2024, de 26 de novembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

CONSULTAS relacionadas con el CONTENIDO de estas ayudas deben enviarse a:

  • Las relativas al PROGRAMA I: dana_industria@gva.es
  • Las relativas al PROGRAMA II:  dana_comercio@gva.es

OBJETIVO

Ayudas destinadas a empresas que sufrieron daños materiales en naves, locales o espacios vinculados a su actividad económica, con el objetivo de reactivar la economía y mantener el empleo en las zonas afectadas.

PROGRAMAS

  • PROGRAMA I - Empresas INDUSTRIALES: Se incluyen las empresas del Grupo de actividades C «Industria Manufacturera» (códigos CNAE del 10 a 33) de conformidad con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).

Las ayudas del Programa I se tramitarán a través de expedientes administrativos con código INDANA.

  • PROGRAMA II - Empresas COMERCIALES, TURÍSTICAS, DE SERVICIOS Y OTROS TIPOS DE ACTIVIDAD: Se incluyen las empresas que desarrollan actividades en los grupos del CNAE 2009 no incluidos en el Programa I.

Las ayudas del Programa II se tramitarán a través de expedientes administrativos con código CODANA.

AYUDA

Régimen de concesión directa por riguroso orden de entrada de las solicitudes en cada programa.

El importe MÍNIMO de la ayuda será de 5.000 euros por empresa.

Este importe se incrementará en 1.000 euros adicionales por cada persona trabajadora que la solicitante tenga contratada por cuenta ajena el 28 de octubre de 2024, con los importes MÁXIMOS siguientes:

  • Programa I: hasta un máximo de 30.000 euros por empresa beneficiaria.

  • Programa II: hasta un máximo de 15.000 euros por empresa beneficiaria.