OBJETIVO
Apoyar a las personas emprendedoras que contribuyen con su actividad a dinamizar el tejido socioeconómico del municipio de Chiva.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Personas físicas o jurídicas que hayan iniciado su actividad entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de finalización del plazo de solicitud, siempre que el domicilio fiscal de la actividad esté en Chiva y las personas solicitantes estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la Seguridad Social y en Hacienda.
Quedan excluidas las empresas públicas, organismos autónomos y otros entes públicos.
AYUDA
Subvención, a fondo perdido por parte del Ayuntamiento de Chiva, de hasta 2.000€ por empresa, que podrán incrementarse hasta un máximo de 3.000€ en los siguientes supuestos:
Persona emprendedora joven de hasta 30 años o mayor de 45 años: hasta 2.500€.
La cuantía subvencionable podrá incrementarse en hasta 250€ más si la persona que emprende se encuentra en una de las siguientes situaciones: Que se trate de una mujer; Que se trate de una persona con diversidad funcional de al menos el 33%; Que se trate de una persona en riesgo de exclusión social, situación que deberá ser acreditada por los servicios sociales municipales.
Las solicitudes se tienen que presentar preferentemente por sede electrónica, o si procede,por registro de entrada en la Oficina de Atención Ciudadana, situada al edificio del Ayuntamiento.