Se ha publicado la Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital) .
Tramitación telemática
IMPORTE DE LA AYUDA
El importe máximo de ayuda por empresa beneficiaria será de 12.000 €. Porcentajes de ejecución asociados a las fases Primera: 70 % Segunda: 30 %
Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio están definidos en el artículo 18 de las Bases Reguladoras.
Meses de prestación del servicio: 12. Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X < 50 empleados): 2.000 €
- Gestión de Redes Sociales:
Meses de prestación del servicio: 12. Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 personas empleadas): 2.500 €
Meses de prestación del servicio: 12. Ayuda para el Segmento I (0 ≤ X*< 50 personas empleadas): 4.000 € (incluye 3 personas usuarias)
- Business Intelligence y Analítica:
Meses de prestación del servicio:12. Ayuda para el Segmento I (0 ≤ X*< 50 personas empleadas): 4.000 € (incluye 3 personas usuarias)
Meses de prestación del servicio: 12. Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 personas empleadas): 6.000 € (incluye 10 personas usuarias)
Meses de prestación del servicio: 12. Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 personas empleadas): 2.000 € (incluye 3 personas usuarias)
- Servicios y herramientas de Oficina Virtual:
Meses de prestación del servicio: 12. Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 personas empleadas): 250 € por persona usuaria (hasta 48 personas usuarias)
Meses de prestación del servicio: 12. Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 personas empleadas): 125 € por persona usuaria (hasta 48 personas usuarias)
Meses de prestación del servicio: 12. Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 personas empleadas): 125 € por persona usuaria (hasta 48 personas usuarias)
Meses de prestación del servicio: 12. Ayuda para el Segmento II (10 ≤ X*< 50 personas empleadas): 2.000 €
Siendo X el número de personas empleadas, según lo dispuesto en el artículo 7 de las Bases Reguladoras.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
No podrán ser beneficiarias:
- Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización, conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras.
- Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
¿QUIÉN PUEDE INFORMAR SOBRE ESTAS AYUDAS?
Si desea solicitar mayor información puede contactar con la Oficina Acelera Pyme de FEMEVAL Teléfono: 963 719 761 Email: oap@femeval.es