Preocupacion por el caos que va a generar la rebaja del IVA de los alimentos

Nota de prensa Público 02/01/2023 1 4.068
  • |
  • |

Las medidas improvisadas por el Gobierno van a provocar un problema tecnológico y son una nueva demostración del absoluto desconocimiento de la realidad empresarial del sector TIC

El sector TIC traslada su malestar por las consecuencias que va a generar en las empresas la rebaja del IVA de los productos básicos de alimentación, porque el tipo impositivo 0% para los productos de primera necesidad y el recargo de equivalencia de 0,625% para pastas y aceites no están soportados ni por el SII (Sistema inmediato de información) ni por el TicketBAI, ni por el modelo 303 de autoliquidación del IVA.

 

Estas rebajas implantadas por el Gobierno no contemplan la cadena de acciones a desarrollar por las empresas comercializadoras de los productos referidos en este paquete de medidas ni por las compañías proveedoras de soluciones TIC. Son, por tanto, una nueva demostración del absoluto desconocimiento de la realidad empresarial del sector TIC, así como de las modificaciones y actualizaciones necesarias en los sistemas informáticos de gestión y comercialización de dichas compañías.

 

El sector considera que una vez más se han tomado desde el gobierno decisiones improvisadas, evitando toda planificación y asesoramiento por parte de los profesionales que cada día operan en los sectores afectados. Y esto aboca a una vorágine caótica de trabajo, debido a esta falta de previsión y conocimiento, generando un descontento generalizado, un importante pico de estrés, el desgaste en la relación con empleados y proveedores, y miles de quejas relacionadas con la nula viabilidad en cuanto a los plazos de desarrollo, instalación y /o actualización de los sistemas informáticos.

 

Tal y como ocurrió con lo que el sector denominó “la tormenta perfecta de los 20 céntimos”, derivada de la bonificación de 20 céntimos por litro combustible, las compañías TIC se vieron obligadas a desarrollar acciones precipitadas que desembocaron en un descontento generalizado por parte de las compañías comercializadoras. Entre otras cuestiones, tuvieron que abordar la adaptación a la nueva ley de 14.000 estaciones de servicio en un tiempo récord, ya que muchas requirieron de un análisis pormenorizado de su situación y, en algunos casos, una visita presencial, pues distaban de contar con sistemas en la nube, unas buenas comunicaciones, o los conocimientos informáticos mínimos para comprobar de forma adecuada la correcta actualización de sus sistemas. Algo que de nuevo ocurrirá en mayor o menor grado en el caso de las compañías comercializadoras de alimentos.

 

Asimismo, las actualizaciones se tuvieron que realizar con las gasolineras no operativas, es decir, mientras no estuviesen suministrando gasolina, lo que implicó que se efectuaran en un horario muy concreto que limitó aún más el margen de acción para dicha actualización. Lo mismo ocurrirá en el caso de estos establecimientos y nadie está evaluando el gasto que esto supone.

 

En el caso de los centros de distribución de hidrocarburos, los vehículos de reparto incorporan sistemas informáticos de movilidad que se tuvieron que comprobar individualmente, camión por camión. En el caso actual, habrá que modificar también posibles integraciones con sistemas de movilidad, como terminales en camiones, etc. lo que supondrá un esfuerzo descomunal para las empresas desarrolladoras para afrontar unos cambios temporales, cuyo impacto real en la sociedad está aún por determinar.

 

En las estaciones de servicio se emplearon numerosos recursos, desarrollados por diferentes compañías especializadas, que han de comunicarse entre ellos, de modo que la casuística se complicó aún más, al existir una combinatoria diferente en cada caso. De nuevo, ocurrirá lo mismo con toda seguridad.

 

Una infinidad de condicionantes que sería tedioso enumerar por su enorme variedad, como fue el caso de los sistemas desatendidos, con los que existieron tiempos de espera para que el operario se desplazase hasta la estación de servicio y pudiera comprobar la actualización, o aquellas estaciones con aceptadores de tarjetas, en las que se requirió de la comprobación individual de cada uno de los surtidores con uno de estos aceptadores.

 

Además, muchas TIC están a punto de cerrar el año contable, con lo que no es el momento más adecuado para abordar estas cuestiones, sin una planificación adecuada y unos plazos de ejecución aceptables y coherentes.

 

Asimismo, incluso los propios sistemas informáticos de la administración ni tan siquiera están preparados para esta nueva realidad.

 

Desde las empresas TIC se han realizado pruebas de envío de facturas con tipo impositivo del 0%, para poder dar servicio a los clientes acogidos al SII (Sistema de Información Inmediata) o al TicketBAI, con los siguientes resultados:

    • Envío al SII: el sistema rechaza ese tipo de facturas indicando que el tipo impositivo es un campo obligatorio y ha de ser distinto de “0”. Puestos en contacto con la ayuda de la AEAT a través de correo electrónico, se nos comunica que no disponen de información al respecto, al ser algo aprobado recientemente en Consejo de Ministros (un claro ejemplo de improvisación, falta de coordinación y nula interoperabilidad por parte del Gobierno);
    • Envío al TicketBAI: a fecha de 29 de diciembre, y tras realizar la consulta, no hemos recibido respuesta.

 

El recargo de equivalencia del 0,625% publicado en el BOE, no está publicado en la AEAT como tipo vigente, y se desconoce si lo estará al ser algo temporal para 3 o 6 meses.

 

En los diseños de registro del MODELO 303, todos los campos de tipos impositivos están definidos con 2 decimales, tanto para 2022 como para el que se ha publicado para 2023, mientras que un recargo de equivalencia del 0,625% requiere de tres decimales. También en el SII y en el ticketBAI, todos los campos de tipos impositivos están definidos con 2 decimales.

 

De modo que ni tan siquiera se puede comenzar a trabajar en una adaptación definitiva a los nuevos requerimientos, pues las empresas TIC proveedoras de soluciones de gestión están pendientes de si se modificará el SII y el MOD.303, o bien se cambiará lo publicado en el BOE por un valor con 2 decimales. En el caso de que finalmente se impongan los 3 decimales, resultará una cuestión compleja, pues es un fichero de COMUNES que afecta a todas las aplicaciones, y en los programas afectados muy probablemente se tengan que cambiar parametrizaciones para poner el % de recargo de equivalencia con 3 decimales, teniendo que modificar también posibles integraciones con sistemas de movilidad.