Pyme digital 2025

Ayudas P煤blico 02/04/2025 0 311
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Plazo solicitudes desde las 09:00 del 3 de abril hasta las 14:00 del 9 de abril 2025.

Se ha publicado la EXTRACTO de la convocatoria de 27 de marzo de 2025, del programa Pyme digital 2025

OBJETIVO

Transformación digital de las pymes, ayudándolas a integrar herramientas competitivas digitales claves en su estrategia y a maximizar las oportunidades que la digitalización les ofrece para reactivar su actividad.

¿EN QUÉ CONSISTE?

FASE I. Diagnóstico asistido de TIC: sin coste para la persona autónoma o pyme.

Esta fase consiste en la elaboración de un Diagnóstico Asistido, donde se realizará un análisis exhaustivo del nivel de digitalización de la empresa y de sus posibilidades de mejora mediante el estudio de su cadena de valor, que permite conocer la situación del nivel de competitividad de la empresa destinataria en su entorno económico y de mercado.

Se proporcionan recomendaciones de implantación de soluciones pertenecientes a una de las tres líneas siguientes:

  • Herramientas de productividad y gestión empresarial en la nube.

  • Comercio Electrónico.

  • Marketing Digital

Como punto final al proceso de diagnóstico se proponen una serie de recomendaciones, con un claro enfoque hacia las oportunidades específicas de la empresa en materia de TIC junto con una explicación detallada de los proyectos de implantación recomendados.

FASE 2. Implantación: El importe máximo financiable es de 7.000 €, si bien las implantaciones pueden ser de mayor cantidad. El coste elegible asociado a la implantación de los planes de acción será variable en cada caso, fijándose un máximo de 7.490,00 € por empresa (7.000,00 € de coste directo + 7% de costes indirectos asociados).

Este importe será prefinanciado al 100% por la empresa, quien recibirá posteriormente una ayuda del 60%, siendo 4.494 euros el importe máximo de la ayuda. 

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO? 

  • Ser una pequeña y mediana empresa.

  • Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2023.

  • Tener una cifra de negocio mínima de 100.000 € en la última anualidad.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

  • Cumplir la norma de minimis.

  • No podrán participar en la Fase I de Diagnóstico aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico en la convocatoria anterior.

  • No podrán ser beneficiarias de esta fase en cualquier convocatoria anterior del programa en el período de programación FEDER 2021-2027, con posterioridad al 31/12/2023.